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Ambiente de la feria en pasadas ediciones ARCHIVO JUAN IGNACIO MÁRQUEZ
Aprobada la línea de subvenciones para apoyar al sector de los feriantes

Aprobada la línea de subvenciones para apoyar al sector de los feriantes

El presupuesto de la subvención asciende a 6.619, 91€, y el plazo de solicitud termina el 30 de octubre

KIKO ZAPATA LINARES

FREGENAL DE LA SIERRA

Sábado, 11 de septiembre 2021, 08:00

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El pasado 2 de septiembre aprobaba el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra las bases y la convocatoria de subvenciones dirigida a autónomos y empresas cuya actividad económica se base en las instalaciones de puestos y aparatos relacionados con la feria. Como puede sustraerse, la finalidad de esta subvención es apoyar a aquellos autónomos y empresas locales pertenecientes al sector de los feriantes, que vieron mermados sus ingresos y paralizada su actividad laboral debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID- 19.

Por tanto, las actividades que son sujeto de subvención son aquellas relacionadas con la instalación de puestos y demás aparatos relacionados con el sector empresarial de las ferias.

El crédito de este plan de ayudas se basa en otra ayuda con cargo a subvención concedida al Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra por la Diputación de Badajoz, dentro del Plan Suma Línea 3, y que asciende a un total de 6.619, 91€.

La concesión de esta línea de ayudas tiene como finalidad apoyar el tejido económico del municipio, basándose también en la disminución de la carga fiscal del sector empresarial de los feriantes. Por lo tanto, esta subvención incidirá sobre los impuestos municipales, sufragando parte de los costes que tiene y que se añadirá a otras posibles subvenciones que puedan sacar otras administraciones, siempre y cuando no sobrepase el umbral que se establece en la convocatoria, y presentando previamente la documentación justificativa.

Entre los impuestos municipales que se sufragarán se encuentran la subvención al 100% del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica, el 100% del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), en el caso de que los locales e inmuebles que fueron afectados a la actividad económica que desarrolla el beneficiario de la subvención durante los años 2020 y en su caso 2021, en este caso, recibos ya pagados. También se concederán ayudas a aquellas actividades que se desarrollarán en un local alquilado, presentando el pertinente contrato, siendo abonable una cuantía equivalente a la que se explica en el caso anterior.

En este sentido, el carácter de la subvención no es la financiación de una cuantía fija y lineal de ayudas, sino que la cuantía se calculará en función del parámetro que se establezca con la presentación de de la cuota tributaria, y que los beneficiarios de la subvención se verán obligados a abonar.

El modelo de solicitud de la subvención se encuentra en la página web municipal, y una vez rellena debe dirigirse al Servicio de Desarrollo Local. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 30 de octubre del presente año, por lo que cualquier solicitud presentada fuera de plazo quedaría excluida del plan de ayudas.

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